El RFC se compone tanto de individuos como de empresas que de una u otra forma deben aportar una cuota periódica a las autoridades gubernamentales. A este pago se le conoce con el nombre de impuestos.
Hablando de ellos, nos hallamos con un caso en particular. El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es una cantidad monetaria que debe ser aportada por el consumidor final (sin importar que éste ni siquiera haya empezado con los trámites de inscribirse en el RFC).
Por ejemplo, si compramos un paquete de paletas cuesta $11.60, al observar nuestro ticket de compra veremos que hay dos conceptos desglosados. En primer lugar se muestra el precio real del producto que en este caso sería de $10. Mientras que debajo de esa cantidad se indica que el IVA es de $1.60 (16% en todo el territorio nacional).
No obstante, hay varios casos en las que el fisco otorga la tasa cero. A continuación te decimos cuáles son:
- Medicamentos de patente y mercancía destinada a la alimentación de la población, siempre y cuando en los procesos de preparación de ésta, no se encuentren rastros de compuestos lácteos.
- Productos exóticos provenientes del mar como pueden ser, el salmón ahumado, las angulas y hasta el caviar.
- Paquetes de cubos de hielo y agua natural sin gas, exceptuando aquellos envases que cuya capacidad sea menor a los 10 kg o litros según sea el caso.
- Comida para animales que comúnmente se tienen como mascotas en el hogar (peces, perros, gatos, aves pequeñas, reptiles, conejos etc.)
- Maquinaria para trabajar en el campo (por ejemplo cosechadoras, tractores o fumigadoras).
Sin embargo, no todos los alimentos se encuentran exentos del pago de IVA, Para que esto quede mejor entendido veamos que los alimentos preparados (tortas, antojitos mexicanos, hamburguesas, pizzas, alitas etc.) ya incluyen el 16% extra en su precio final.
Se dice que el SAT pretende con estas medidas aumentar la suma de impuestos recaudada anualmente.
Fuente: curpyrfc.org