INTELIGENCIA MILITAR UN EJERCICIO DE SINDÉRESIS NECESARIO

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Foto de TN23

 INTELIGENCIA MILITAR  UN EJERCICIO DE SINDÉRESIS NECESARIO

*Por Carlos Eduardo Lagos campos.

A raíz de los hechos recientes denunciados por la revista semana donde se da cuenta de información obtenida por fuentes que se mantienen en reserva y que hacen parte de la propia inteligencia militar las cuales revelan que se han utilizados los recursos de inteligencia nacional e internacional para perfilar a periodistas, políticos de oposición, líderes sindicales e incluso a altos dignatarios del Estado; así como a algunos miembros de la propia institución que denunciaron inicialmente ante la revista semana y posteriormente al New York Times las ordenes de letalidad que fueron derogadas por el propio comandante del ejército General Nicasio Martínez Espinel.
La revista emana revela las pruebas de cómo el Ejército ejecutó un programa de seguimiento sistemático en el que la mayoría de sus blancos fueron periodistas, varios de ellos estadounidenses, políticos, generales, oenegés y sindicalistas que hacen parte de esa lista. Se trató de un trabajo de inteligencia a gran escala dentro del cual se realizaron más de 130 “perfilaciones” y “trabajos especiales por medio de herramientas informáticas y de software, con objetivos de no muy claro interés para la inteligencia militar; que incluso incluyó a Jorge Mario Eastman Jr. Uno “de los hombres más cercanos al mandatario y ocupaba uno de los cargos más poderosos hasta su retiro en abril del año pasado."
Si bien algunas de las informaciones se recolectaron de material existentes en redes sociales la forma masiva e indiscriminada como recolectaron toda la información posible de sus “blanco objetivos” tales como “teléfonos, direcciones de residencia y trabajo, correos electrónicos, amigos, familiares, hijos, colegas, contactos, infracciones de tráfico y hasta lugares de votación” al momento de incorporarse a los informes de inteligencia militar de manera oficial; esta información se convierte en parte de lo que se denomina el ciclo de la inteligencia, situación que está claramente regulada en el ordenamiento jurídico colombiano.
La misión de la Inteligencia es proporcionar al Gobierno información útil, seguridad, y procedimientos no convencionales, para contribuir a que se adopte y ejecute la mejor decisión, previniendo y disminuyendo los riesgos. Se entiende por Ciclo de Inteligencia la secuencia mediante la cual se obtiene información, se transforma en inteligencia y se pone a disposición de los usuarios. El Ciclo de Inteligencia consta de cuatro fases: Dirección, Obtención, Elaboración y Difusión.
Existen diferentes niveles de inteligencia militar, como la Inteligencia Estratégica que es “toda aquella información que responde a los requerimientos de los Gobiernos Nacionales para tener una visión global de los asuntos políticos, económicos, diplomáticos y militares, es necesaria para la preparación de políticas y planes en los niveles nacional e internacional. Este es el nivel superior de la inteligencia derivada de la información obtenida sobre el área más amplia posible en respuesta a las necesidades percibidas por los gobiernos nacionales a través de todo el espectro de asuntos militares, diplomáticos, políticos y económicos nacionales e internacionales. La Inteligencia Táctica u operacional es la requerida por los mandos para el planeamiento y dirección de las operaciones de combate: Establecer posibilidades operativas o tácticas según corresponda, determinando características, limitaciones y vulnerabilidades del enemigo. Proporcionar los antecedentes necesarios para realizar operaciones de Inteligencia en apoyo a la Conducción Operativa o Táctica.” (Intelpage)
Para este efecto la ley Estatutaria 1621 de 2013 contiene el marco legal que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia, cumplir con su misión constitucional y legal, para lo cual se hace necesaria la reglamentación de esta actividad tan delicada para la seguridad y defensa de la nación.
Por su parte el Decreto 857 de 2014 reglamenta esta ley estatutaria de la inteligencia nacional a través de normas que fortalecen el marco legal y que permiten a los organismos, que llevan a cabo las actividades de inteligencia y contrainteligencia, cumplir con su misión dentro de un marco constitucional y legal.
La función de inteligencia y contrainteligencia es aquella que desarrollan los organismos especializados del Estado del orden nacional, utilizando medios humanos o técnicos para la recolección, procesamiento, análisis y difusión de información con el objetivo de proteger los derechos humanos, prevenir y combatir amenazas internas o externas contra la vigencia del régimen democrático, el régimen constitucional y legal, la seguridad y la defensa nacional y cumplir los demás fines enunciados en esa Ley.
Para ello existe un Plan Nacional de Inteligencia que es el documento de carácter reservado que desarrolla los requerimientos y las prioridades establecidas por el Gobierno Nacional en materia de inteligencia y contrainteligencia y asigna responsabilidades. Este documento es elaborado por la Junta de Inteligencia Conjunta.
En Colombia esta función de inteligencia y contrainteligencia es llevada a cabo por las dependencias de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional organizadas por estas para tal fin, la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), y por los demás organismos que faculte la Ley como la Dirección Nacional de Inteligencia que reemplazó al extinto DAS. Estos organismos conforman la comunidad de inteligencia y son los únicos autorizados para desarrollar actividades de inteligencia y contrainteligencia. Todos los organismos que lleven a cabo estas actividades estarán sujetos al cumplimiento de ley de manera integral y perentoria.
Teniendo en cuenta lo delicado de esta labor, ella encuentra sus límites en el respeto de los derechos humanos y el cumplimiento estricto de la Constitución, la Ley, el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En especial, la función de inteligencia estará limitada por el principio de reserva legal que garantiza la protección de los derechos a la honra, al buen nombre, a la intimidad personal y familiar, y al debido proceso.
Por ello ninguna información de inteligencia y contrainteligencia podrá ser obtenida con fines diferentes de:
a. Asegurar la consecución de los fines esenciales del Estado, la vigencia del régimen democrático, la integridad territorial, la soberanía, la seguridad y la defensa de la Nación;
b. Proteger las instituciones democráticas de la República, así como los derechos de las personas residentes en Colombia y de los ciudadanos colombianos en todo tiempo y lugar, en particular los derechos a la vida y la integridad personal frente a amenazas tales como el terrorismo el crimen organizado, el narcotráfico, el secuestro, el tráfico de armas, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, el lavado de activos, y otras amenazas similares; y
c. Proteger los recursos naturales y los intereses económicos de la Nación.
En ningún caso la información de inteligencia y contrainteligencia será recolectada, procesada o diseminada por razones de género, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, pertenencia a una organización sindical, social o de derechos humanos, o para promover los intereses de cualquier partido o movimiento político o afectar los derechos y garantías de los partidos políticos de oposición.
Para ello a nivel nacional e internacional existen unos principios que regulan esta actividad para quienes autoricen y para quienes lleven a cabo acciones de inteligencia y contrainteligencia; además de verificar la relación entre la actividad y los fines enunciados en el artículo 4o de la ley estatutaria; para ello se exige que se evalué y observe de manera estricta y en todo momento lo siguiente:
Principio de necesidad. La actividad de inteligencia y contrainteligencia debe ser necesaria para alcanzar los fines constitucionales deseados; es decir que podrá recurrirse a esta siempre que no existan otras actividades menos lesivas que permitan alcanzar tales fines.
Principio de idoneidad. La actividad de inteligencia y contrainteligencia debe hacer uso de medios que se adecuen al logro de los fines definidos en el artículo 4o la ley estatutaria; es decir que se deben usar los medios aptos para el cumplimiento de tales fines y no otros.
Principio de proporcionalidad. La actividad de inteligencia y contrainteligencia deberá ser proporcional a los fines buscados y sus beneficios deben exceder las restricciones impuestas sobre otros principios y valores constitucionales. En particular, los medios y métodos empleados no deben ser desproporcionados frente a los fines que se busca lograr.
Dicho esto creo que el sistema racional del silogismo nos puede ayudar a lograr una conclusión de manera muy fácil. La estructura de este consiste en una premisa mayor que normalmente es una norma, la premisa menor que es un hecho, lo que nos lleva a la conclusión.
En este caso la premisa mayor está claramente regulada por las leyes y la constitución ampliamente explicada, la premisa menor son los hechos aberrantes que se denuncian y que ponen en riesgo bienes superiores como la libertad de expresión, la seguridad personal, el derecho de asociación e incluso el uso abusivo de los bienes del estado e incluidos los de países amigos.
En este estado es preciso preguntarse si los integrantes de algunos partidos políticos como los senadores Gustavo Bolívar, Angélica Lozano y Antonio Sanguino, entre otros; militares activos y retirados como Pedro Soto, excandidato al Concejo de Barranquilla del partido Centro Democrático; el caso del capitán retirado César Castaño, quien acompañó al general Jorge Mora durante el proceso de paz en La Habana; el coronel (Rva) Vicente Sarmiento, que trabaja como asesor de la oficina del alto comisionado para la paz, Miguel Ceballos; el general (Rva) Jorge Maldonado, exjefe de la casa militar de Palacio en el Gobierno de Santos; el general (Rva) Carlos Lemus, actual segundo de la Justicia Penal Militar; el general (Rva) Juan Pablo Amaya Kerguelen, hermano del actual director de la DNI, y el exdirector de Indumil, coronel (Rva) Enrique Villarreal; son personas que constituyan una amenaza para la seguridad y la defensa nacional?
Desprestigiar a una persona como el periodista estadounidense Nick Casey, corresponsal del diario The New York Times y a un medio de comunicación es uno de los objetivos de la inteligencia militar? "Esa búsqueda de información sobre ese corresponsal terminó así mismo por desencadenar una especie de efecto dominó en el que otros periodistas estadounidenses también fueron “perfilados” por el simple hecho de ser colegas, amigos, haber tenido contacto con él o por razón de sus publicaciones o comentarios." Revelo la revista semana.
Realizar este tipo de perfiles a José Miguel Vivanco, director para las Américas de la organización Human Rights Watch, a periodistas como María Alejandra Villamizar analista de Noticias Caracol y la luciérnaga, editora política de El Espectador, El Tiempo y Semana, así como asesora de comunicaciones en temas de paz en los Gobiernos de Samper, Pastrana y Santos; periodistas como Ignacio Gómez, subdirector de Noticias Uno, Gina Morelo, editora de la unidad de datos de El Tiempo; Yolanda Ruiz, directora de noticias de RCN Radio, y Daniel Coronell, columnista y presidente de noticias de Univisión; también a líderes del movimiento sindical como Humberto Correa, secretario de derechos humanos de la Confederación General de Trabajadores (CGT), donde en algunos casos están documentados, entre otros, viajes, fotos de familiares esposas e hijos, sus teléfonos, dirección, correos, vehículos, el lugar en donde votan y hasta las infracciones de tránsito que cometieron.
Incluso se llegó a registrar quiénes los seguían en sus redes sociales o le daban like a sus publicaciones; en Colombia se volvió peligroso también dar like y seguir a periodistas en redes sociales?
Entonces nace necesariamente el interrogante de para qué se requirió este tipo de información que viola la intimidad y la propia seguridad de las personas y sus familias, protegida constitucionalmente en Colombia e incluso en los tratados internacionales, dado que No hace parte de la misión constitucional de la inteligencia militar; qué se pretendía con esto y quien lo ordenó?
"Dichos actos constituyen un intento de intimidar a la prensa y a sus fuentes y de restringir informes que el público tiene derecho a conocer”, dijo a SEMANA Danielle Rhoades Ha, vicepresidenta de comunicaciones de The New York Times Company.
Lo curioso de todo esto, es que esta especie de espionaje informático ocurrió entre febrero y comienzos de diciembre de 2019 y solo hasta cuando se produce la publicación de la revista Semana se producen las primeras reacciones por parte del Ministerio de la Defensa Nacional con el despido de once personas que hacen parte de la Inteligencia Militar entre ellos los coroneles Juan Pablo Prado Torres, Julio Tobías López Cuadros, Helmon René Ramos Naranjo, Milton Eugenio Rozo Regado y Hugo Armando Díaz Hernández; los mayores Eduardo de la Torres Díaz, Hernán Rolando Villamil Ortegón y Mauricio Quintero Árias y el general Eduardo Quiroz Chaparro; a su vez fuentes del Ejército señalan que el jefe de inteligencia, general Ernesto García Luna, evalúa su permanencia en el Ejército.
Para Jorge Enrique Ibáñez, árbitro y experto en el marco jurídico de la inteligencia en Colombia, citado por la misma revista “no es legítimo hacer unas búsquedas de manera tendenciosa, perfilamientos con caracterizaciones particulares o concretas a un grupo de personas determinadas para ver de qué forma actúa, cuál es su punto de origen, de destino, cuáles son sus contactos familiares, sociales etcétera…ya no estaríamos haciendo labores de inteligencia estratégica desde el punto de vista social o empresarial o de orden público. Estamos haciendo una labor de inteligencia pura que tiene como blanco un sujeto de manera particular y concreta, y caemos en el terreno judicial porque no puede ser blanco de inteligencia una persona con estas características…“Esta conducta es claramente ilegal, inconstitucional, inconveniente y antidemocrática. Existen muchas razones, pero sobre todo cabe decir que es antidemocrática porque atenta contra la seguridad de decenas de reporteros; porque indaga y se entromete en la vida de sus fuentes, poniéndolas también en riesgo; y porque somete a vigilancia la vida íntima indagando con quién se reúne, qué tema cubre, o a quién sigue en Twitter."
Definitivamente el tema de la inteligencia militar es de suma importancia para la seguridad nacional y la protección de los derechos ciudadanos; por ello como sociedad debemos exigir el uso adecuado de estos recursos públicos que en el pasado reciente han servido para frenar el avance de grupos al margen de la ley en operaciones que han sido claves para ello, entre las más importantes se encuentran:
“1. OPERACIÓN FÉNIX, 2008. El 1 de marzo de 2008, el campamento madre del número dos de las FARC, Raúl Reyes, fue bombardeado con misiles inteligentes guiados por satélite y luego atacado por tropas en tierra. Murieron el líder subversivo y 22 subalternos, al igual que un soldado. Este hecho constituyó la primera baja de un miembro del Secretariado y generó una crisis diplomática con Ecuador y Venezuela, que lo tildaron de "masacre" y "violación a la soberanía"
2. OPERACIÓN SODOMA 2010. Donde la fuerza aérea colombiana descargó 7 toneladas de bombas contra el campamento de Víctor Julio Suárez rojas alias el mono Jojoy quién se encontraba en un búnker subterráneo.
3. OPERACIÓN ODISEA 2011. el 4 de noviembre de 2011 el campamento en que se encontraba Guillermo León Sáenz Vargas alias Alfonso Cano fue bombardeado y después asaltado por las fuerzas especiales Alfonso Cano y varias personas de su confianza lograron escabullirse en la oscuridad, posteriormente un soldado los abatió de un disparo.
4. OPERACIÓN SOL NACIENTE 2007. El principal objetivo de este operativo del 2 de septiembre de 2007 era el guerrillero Tomás Medina Caracas alias Negro Acacio, líder del frente 16 de las FARC y uno de los principales narcotraficantes de la organización con enlaces internacionales que murió en dicho bombardeo.
5. OPERACIÓN COLOMBIA 1990. En diciembre de 1990 las autoridades atacaron la sede central del Estado Mayor y el secretariado de las FARC en casa verde tras una lluvia de bombas contra las estructuras 1.500 tropas agotando el lugar se confirmó la muerte de 50 es urgentes y 19 militares mientras que algunos de los que después se convirtieron en líderes como Alfonso Cano y Raúl Reyes lograron escapar perdiendo su central de mando unificado. (Tomado de Notiamérica).
6. OPERACIÓN JAQUE. El 2 de julio de 2008, las Fuerzas Militares Colombianas presentaron ante la opinión pública nacional y mundial el exitoso resultado de la Operación Jaque, que permitió rescatar a 15 secuestrados retenidos por la organización narcoterrorista de las Farc, en las selvas del Guaviare, esta maniobra militar, sin precedente en la historia del país, contó con la participación de diferentes Agencias y Fuerzas del Estado, que gracias a su compromiso y trabajo en equipo lograron resolver un sin número de variables.
Entre muchas otras de interdicción aérea y naval en contra del narcotráfico y la delincuencia organizada que a través del uso legal de nuestros recursos públicos han contribuido de manera eficaz a esta labor.
Según la revista semana “Todo lo que se hizo y lo que pasó con esos trabajos especiales fue de conocimiento de los mandos. Pero cuando esta olla se acabe de destapar pagarán los más pendejos, como siempre. Los civiles no conocen una cosa que se llama temor reverencial, que incluso lo ha amparado la corte. Eso es que un subalterno cumple las órdenes por presión, miedo o amenaza de sus superiores y por eso muchos cumplimos esas instrucciones. Pero de esto sabían y dieron órdenes los jefes de inteligencia y contrainteligencia de la época, los generales Quiroz y García. También sabían el comandante del Ejército, y hasta en el Comando General de las Fuerzas se sabía”
Para el Coronel. (Rva) Esaú Narváez Quiñonez gerentes de SAFE CORP. Consultora de seguridad integral “es necesario hacer un reconocimiento a hombres y mujeres que, gracias a su trabajo arduo, han forjado grandes éxitos operacionales y que han contribuido al logro de objetivos estratégicos importantes para la nación, obviamente conformada por humanos imperfectos, nacidos de esta sociedad imperfecta. Existe un interés superior, por encima de la visibilización, los egos, las trampas de los aplausos, los incentivos, los grados, los reconocimientos, que es la seguridad y defensa nacional, al ser la inteligencia militar el valor más importante de la nación necesita una integralidad y no de manera particular”
El Teniente Coronel Rubén García Cilima, gerente de CORALTEK. SAS, expresó: “El silencio de los entes de control es inversamente proporcional a las explicaciones del Ejercito, quien debería poner en tela de juicio la capacidad de investigación del Estado o por lo menos hacerse esa pregunta si no es demasiado pedir a los altos mandos. Cada uno debe en su rango de responsabilidad presentar resultados. Y en este sentido a excepción de respuestas como la de la compra de los tapabocas (secreto) muy poco oportuno, el Ejército debe poner en evidencia que no es rueda suelta y actúa bajo el amparo de la ley, hace parte del Estado y es donde sus superiores políticos deberían responder y no lavarse las manos tan convenientemente.·
Por todo ello se considera necesario que las autoridades de control y fiscalía e incluso autoridades de aforados investiguen a profundidad y establezcan a los determinadores de estos actos, esto es a quienes dieron las órdenes no solamente a quienes las ejecutaron por temor reverencial cómo lo sugiere el artículo y de una vez por todas se termine ese fatídico uso indiscriminados de los recursos públicos para fines personales o políticos.

*Experto en defensa Nacional
Miembro de número del Centro de Pensamiento Libre.

Fuente: Revista Semana/articulo/espionaje del ejército nacional las carpetas secretas.
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