LAS TRAMPAS DE LA OBJETIVIDAD INFORMATIVA

 
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Arnau Boixaderas i Puig (Instagram: @boixaderasipuig)

LAS TRAMPAS DE LA OBJETIVIDAD INFORMATIVA

La determinación de los hechos concurridos en un supuesto concreto no compromete al informador en absoluto, es decir, hay unos datos clave, una hora, un situación geográfica, un número de personas implicadas, unos nombres y apellidos, etc., que nunca van a cambiar, aun queriéndolo el mismo informador. Pero es curioso lo difícil que resulta tener la objetividad necesaria, así como la sangre fría, como para no entrometer opiniones disfrazadas de información cuando se trata de relatar un acto que inevitablemente ha producido consecuencia suficiente para no salvaguardar total o parcial la intimidad de la misma y de las personas que directa o indirectamente se encuentran en ella.
Resulta interesante, y asimismo digno de reconocer, que la ética periodística en general está de acuerdo, y por lo tanto delimita, en cuanto a discernir qué resulta opinión o qué merece ser catalogado como información o qué no merece ser nada, claro. No se reclama veracidad, sino que, la ética por definición es tajante, se proclama por la dicha un principio fundamental: respetar la veracidad. Línea transversal, columna vertebral, para que el lector, oyente o televidente en sus distintas formas de acceder a las noticias vea, entienda y confíe en las informaciones relatadas por los profesionales. Antes de comprender fácticamente el Código Internacional de Ética Periodística un 21 de noviembre de 1983, a diez años vista, se tenía un documento de procedimiento de carácter laboral Collective Consultations on Codes of Ethics for the Mass Media, 1973, donde se veían reflejados multitud de principios periodísticos; el más reclamado lo formulaban por consiguiente más del 70% de los países que intervinieron en el informe previo y pedían encarecidamente claridad en aspectos como la verdad, objetividad y exactitud. Claro que sin ellos, nada. No obstante, el abanico para que los periódicos puedan desatar infortunios o manipular los textos no es ni mucho menos complicado dada la explicación lógica de que pueden cumplir las tres premisas anteriores y asomar una opinión como si se tratara de un factum jurídico en toda regla aunque, por supuesto, no lo sea por su naturaleza.
Las calificaciones en un tono prescriptivo abundan en muchas noticias que luchan para sacar exclusivas en un mundo laboral competente donde hay demasiados periodistas titulados pero pocos periodistas fehacientes. La opinión en el mundo del periodismo es ni más ni menos que psicología afirmativa. El cerebro se tiene que creer la letra, el mensaje, oral, visual, porque no tiene medios para contrastar; dicho lo cual, se deduce una falta de independencia pragmática sin duda alguna. Cuando el lector quiere contrastar, que no puede: no está convencido. Y coexiste el fallo, la incongruencia. Y por lo tanto la tediosa labor del periodista de recabar datos, decir la verdad, ser objetivo y mantener datos con exactitud, como apuntábamos antes, es en vano. Hay dos explicaciones legitimadas para el término contrastar. Fíjense que un sinónimo de contrastar podría perfectamente ser el de aclarar: responder x2. Una segunda opinión, como si fueras a pedir precios de alquiler de un piso y quisieras consultarle a tu madre que es quien va a pagar, religiosamente quizá, cuando tú no puedas llegar a final de mes, las cuotas fijadas ante contrato firmado por la parte arrendataria y por el arrendador. Con la diferencia que ella podrá indicarte o auxiliarte. En el caso de las informaciones enmascaradas, no podrá ser así. Las explicaciones legitimadas, entonces, definen: Primera. Causalidad donde redundan y faltan datos clave para entender completamente el mensaje. Segunda. Causalidad donde hay opinión de por medio. Sin otrosíes.
Un convenio de la labor informativa en cuánto a marcaje relativo a informaciones legítimas y no legítimas, correctas e incorrectas, legales o ilegales sería imprescindible para rejuvenecer la democracia gubernamental informativa. La técnica en derecho debería acaecer a parte de los órganos jurisdiccionales, en ese caso, a órganos interdependientes, comunes en la totalidad de los media. Y alguna medida directa en ese campo en el Código Penal actual. Saldríamos ganando todos. Información justa, veraz y leal. Porque no se vale todo.
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