ANIVERSARIO DE NUESTRA CONSTITUCIÓN

 
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Foto de semana.com

 ANIVERSARIO DE NUESTRA CONSTITUCIÓN

Por Carlos Eduardo Lagos Campos

El próximo 7 de julio de 2021 se cumplen treinta años de la entrada en vigencia de nuestra Constitución política, por lo que es un momento propicio para destacar los valiosos alcances que logró la asamblea Constituyente de 1991, nacida del movimiento séptima papeleta producto del inconformismo estudiantil de integrantes de varias universidades, del cual tuve el privilegio histórico de formar parte en representación de la Universidad Libre.
Con cincuenta y cinco reformas algunas de ellas innecesarias como el Acto Legislativo 2 de 2004 que consagró la extinta reelección presidencial; las del Acto Legislativo 1 de 2005 que afecta el régimen pensional, la del Acto Legislativo 3 de 2011 que integró el “principio de sostenibilidad fiscal” para aplazar y condicionar la vigencia del Estado Social de Derecho; y las relacionadas con las transferencias de los recursos a las entidades territoriales que van en contravía del espíritu del constituyente primario del 1991.
El logro más significativo fue la transformación de un Estado de Derecho a un Estado Social de Derecho y esto tiene una relevancia muy importante porque en este priman los derechos fundamentales sobre los generales, los derechos colectivos sobre los individuales; en él, el juez resuelve el conflicto no lo declara y surge entonces la Acción de Tutela como el instrumento más valioso de los ciudadanos para hacer valer sus derechos fundamentales y esta cobra una importancia sin precedentes frente al atropello en qué se han convertido algunos derechos como la seguridad social e incluso hasta los fallos cuando los jueces utilizan las vías de hecho para proferir sus sentencias.
Se Implementó la figura de la Democracia Participativa a través de mecanismos de participación ciudadana directa, diferentes del derecho a elegir a sus gobernantes, como son el referendo, el plebiscito, el cabildo abierto, la consulta popular, la iniciativa legislativa y la revocatoria de mandato. No obstante, en Colombia prevalece el abstencionismo lo que de suyo debilita nuestra Democracia; por esta razón con nuestro grupo de estudio propusimos en su momento el Voto Obligatorio, algo que está a la orden día para superar el poder desmesurado de los políticos.
La disminución del excesivo presidencialismo fue uno de los mayores aportes de nuestra Constitución a la democracia, al limitar las Facultades extra ordinarias que el congreso puede otorgar al presidente al declararse el estado de excepción solo en tres precisas circunstancias, una en caso de Guerra exterior, la otra cuando se presente una situación conmoción interior o en caso de emergencia; permitiendo al ejecutivo la expedición de decretos con fuerza de ley; facultades que ahora son otorgados por el congreso con mayor rigurosidad en el tiempo y en su alcance, no obstante la pandemia del Covid-19 nos demuestra que en este aspecto todo sigue igual.
Se consolidó la separación de los poderes dándole una mayor autonomía a la rama jurisdiccional, quizás lo más importante fue la creación de la Corte Constitucional que otrora sólo fuera una sala de la Corte Suprema de Justicia. Esta nueva institución de la Justicia, le ha dado una nueva dinámica a la evolución de la jurisprudencia constitucional en Colombia. Se creó la judicatura para darle independencia económica a la rama, sin embargo los mecanismos de elección de este ente lo han politizado y a pesar de haberse logrado algunas mejoras en lo administrativo se requiere desarrollar la legislación necesaria para corregir estos errores; antes de su existencia los abogados debían llevar las hojas para que se imprimieran sus autos y sentencias, esa fue la justicia que nos heredó la Constitución de 1886; también se creó la Fiscalía General de la Nación, la cual le dio una nueva dinámica al estancamiento histórico del Derecho Penal y su práctica, sentando las bases para la creación e implementación del sistema acusatorio; no obstante también debemos criticar el sistema de elección que permite instrumentalizar esta institución al servicio del poder político.
En materia política se reglamentó de manera estricta y en forma clara el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los congresistas, los miembros de las asambleas departamentales, concejos municipales y juntas administradoras locales. Se eliminaron los suplentes en el Congreso y en los cuerpos colegiados, eliminando de tajo el llamado carrusel de la política.
Se estableció la secularización del estado colombiano, antes consagrado al Sagrado Corazón de Jesús, dándole igual participación a los demás cultos religiosos; dejando atrás la primacía de la Iglesia Católica, además le dio igual tratamiento a la educación religiosa y permitió los efectos civiles del matrimonio católico en caso de divorcio.
Puso a la familia, como el núcleo esencial de la sociedad al establecer que el Estado y la sociedad deben prestarle protección integral y a su vez las relaciones del núcleo familiar deben sustentarse en principios de igualdad de los derechos y deberes de la pareja, garantizando además la protección de la mujer, los niños y de la tercera edad. Reconoció las diferentes clases de familia, dándole a la unión libre la misma validez del matrimonio, lo mismo que igualdad a los hijos extramatrimoniales en relación con los hijos Matrimoniales y Adoptivos.
Plasmo la defensa y las garantías de la equidad social a través del reconocimiento de las minorías y la igualdad de géneros. Garantizando así el respeto de la diversidad cultural y el desarrollo de las tribus indígenas y de los demás grupos étnicos en especial el Afrodescendiente; para ello se crearon dos curules especiales en el congreso. Frente a la equidad de género, proscribe la discriminación de la mujer y garantiza su participación en el campo laboral.
En materia de Derechos Humanos creó de la Defensoría del Pueblo con el fin de garantizar, promover, divulgar y proteger los derechos humanos, avances que determinaron el reconocimiento del conflicto interno, lo que permitió a la postre la aplicación de las normas de humanización de la guerra y un mayor seguimiento y control tanto a los actores del conflicto como a las Fuerzas del Estado.
Consolidó la descentralización administrativa acabando de tajo con el esquema centralista reinante desde 1886, empero nuestros gobernantes no han entendido los beneficios de esta figura manteniéndose aún en el antiguo esquema o abusando en otros casos del erario en las regiones.
Adicionalmente se incluyeron otras reformas como la figura del vicepresidente, la Elección popular de gobernadores, la Autonomía del Banco de la República, la protección al Medio Ambiente, la regulación al Régimen de Regalías, la Doble nacionalidad y las Acciones Populares.
A pesar de estos logros, se critica que a la par de la configuración del Estado Social y Democrático de derecho se estableció un Estado orientado por los principios del modelo económico neoliberal, dadas las contradicciones que se vivían en el país, en la década de los noventa; lo cual se podía evidenciar en la conformación de la presidencia colegiada de la constituyente, por lo que de manera simultánea se llevaron a cabo reformas en ambos espectros.
Se discute ahora la posibilidad de una nueva constituyente la cual consideramos innecesaria al contar la Carta con mecanismos propios para su reforma e inconveniente dado el momento de polaridad Política por la que atraviesa nuestra Nación.

* Abogado.
Miembro de número del Centro de Pensamiento Libre.


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