Antonio Nariño, ¿realmente publicó los derechos del hombre?

 
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Antonio Nariño, ¿realmente publicó los derechos del hombre?


Por Enrique Herrera Enriquez.

El General Antonio Nariño cuyo nombre completo era Antonio Amador José Nariño Álvarez, nacido en Santa Fe de Bogotá el 9 de abril de 1765, hijo del Contador Oficial Real de las Cajas de Santa Fe de Bogotá, Don Vicente de Nariño y Doña Catalina Álvarez hija del Teniente Gobernador y Auditor de Guerra de Santa Fe de Bogotá, es decir era todo un aristócrata y linajudo santafereño de Bogotá. Esta privilegiada situación de caracterizado aristócrata dio la oportunidad de ocupar y desempeñar importantes cargos desde su temprana juventud tal es el caso cuando a los 16 años es Abanderado del “Batallón Compañía de Caballeros Corazas” desde donde presenció el proceso de la insurrección de los Comuneros del Socorro, San Gil, Charalá y Mogotes que culmina con el inhumano sacrificio de José Antonio Galán, Isidro Molina, Lorenzo Alcantuz y Manuel Ortiz el 1 de febrero de 1782 en Bogotá. De escasos 24 años en 1789 es nombrado primeramente Alcalde de Segundo Voto por el Virrey Francisco Gil y Lemos, y luego Alcalde Mayor Provincial del Muy Ilustre Cabildo para posteriormente ser designado interinamente como Tesorero de Diezmos del Arzobispado, siendo ratificado por el nuevo Virrey José de Ezpeleta contra el parecer de los Canónicos que elevan su protesta ante el propio monarca español, logrando ser favorecidos al recibir en 1791 la Real disposición para proceder a elegir uno de ellos para el ponderado cargo.

Sin que se encontrase oposición alguna proceden al cambio del Tesorero de Diezmos del Arzobispado recayendo en Agustín de Alarcón el nombramiento en calidad de interino, en tanto se hace la selección del titular de acuerdo con la normatividad vigente. Antonio Nariño ya por fuera del cargo resuelve presentar su nombre como candidato a Tesorero en propiedad. Curiosa y sospechosamente su propuesta presenta una fianza que establece una garantía de cuarenta mil pesos por Fiador y tuvo tres, es decir que contó con ciento veinte mil pesos de fianza cuando lo normal o habitual era de un solo Fiador de ocho mil pesos, desplazando así a cualquier competidor al respecto. ¿Qué inquietud nos lleva a pensar esta sospechosa situación? ¿Por qué tanto interés en adquirir ese cargo a como dé lugar? Son interrogantes que tendrán su oportuna respuesta a través de esta cronica. Hechas las diligencias pertinentes asume nuevamente el cargo de Tesorero General de Diezmos esta vez en propiedad, contando con el respaldo de Fiadores y Abonadores. El Fiador era el responsable directo de cualquier problema que se pudiese encontrar en el manejo de tan caros recursos; en tanto el Abonador tenía que limitarse a abonar si el Fiador no pueda responder. Por cuanto se verá oportunamente da la impresión de que se estaba preparando el andamiaje perfecto para el desfalco que va a suceder.

1794 es un año que de principio no tiene mayores situaciones que estén encaminadas o den a entender la alteración del orden público de la capital del virreinato que preside Ezpeleta, a quien han informado de ciertas manifestaciones sospechosas respecto a unas reuniones clandestinas de algunos personajes de la localidad que éste pasa a calificarlas de “cosas de juventud” que no hay que darles importancia y que es mejor guardar silencio, según dice el Oidor Joaquín Mosquera y Figueroa, razón por la cual decide el Virrey salir de paseo a tierra de clima cálido con un grupo de sus amigos. “A los cinco días-dice Mosquera y Figueroa- le llega una posta que anuncia ser cierta conspiración, que se está extendiendo, que han aparecido pasquines, con burlas a altos funcionarios españoles, pegados en los muros de la ciudad y que en Cartagena está pasando lo mismo. Ezpeleta se alarma, ensilla su caballo y a marchas forzadas llega a Santafé. La Audiencia le entrega datos: Los cabecillas son Antonio Nariño, Francisco Zea y José Antonio Ricaurte. Se han reunido con José María Lozano, próximo Márquez de San Jorge, Joaquín Camacho, José de Iriarte y José de Caicedo y Flórez. En las tertulias se habla mal de los españoles, se decía que gente tan burda no tenia derecho a gobernar, que su trato era de “señores a criados” y que ya estaba bueno de sujeciones a tan palurdos, ordinarios y agropecuarios personajes. Dicen a Ezpeleta que Nariño es un diletante (apasionado por el arte) sin método ni escuela y que se ha intoxicado con los libros prohibidos que lee. Que es un buena vida, que gusta de las joyas y las prendas caras. Lo que es mas grave, que ha construido su fortuna de las sustraídas de las cajas reales”.

“El Virrey abre la investigación y, reunido el Gabinete, confirma que los cabecillas son Francisco Antonio Zea, José Antonio Ricaurte y su amigo Antonio Nariño. Los delatores del Precursor son José Primo González, José de Oyarzabala y Manuel Benítez. Se comenta que el 24 de agosto de 1794 debía estallar la revuelta criolla contra los españoles y que estos serian asesinados a cuchillo. Corren rumores. El clima de tensión se expande. Ezpeleta finalmente ordena la iniciación de tres procesos, uno por sedición, otro por impresión de los Derechos del Hombre y el ultimo por pasquines. Se expiden Autos de detención. Caen en la redada Francisco Antonio Zea, José Antonio Ricaurte, Ignacio Sandino, Pedro Pradillo y José Ayala, así como los estudiantes Sinforoso Mutis, José María Cabal, Enrique Umaña, Pablo Urobe, José María Duran y los extranjeros Manuel Froes y Luis Rieux, el ultimo de los cuales entregaba información sobre los adelantos conseguidos por la Revolución en Francia. Se persigue a Pedro Fermín de Vargas, Corregidor de Zipaquirá y también defraudador de los Fondos Públicos de esa ciudad… por último, cae Antonio Nariño, se le allana la casa y se le embarga todos sus bienes, la ropa incluida. Ampliadas las pesquisas, en la investigación que sigue sale a relucir el problema del faltante de tesorería. Sin embargo, los movimientos subversivos no fueron comprobados, pese a que yo mismo, siendo Oidor -dice Joaquín de Mosquera y Figueroa- practiqué el allanamiento en la casa del acusado – es decir Nariño- encontré inscripciones a la libertad y la razón y a la filosofía. ¿Y que decían tales inscripciones? Ya poco recuerdo, pero lo cierto es que me detuve en una la apunte, porque era muy destacado el sitio donde la tenía; era aquel epitafio escrito en la tumba de Benjamín Franklin que decía: “Arrebató al cielo el rayo de las manos y el cetro a los tiranos – Aja … O sea que se manifestaba antimonárquico. Así es Majestad. La sospecha, aunque grande, no terminó en prueba concluyente, con lo cual el solo epitafio no era para condenarlo; lo que se demostró fue el desfalco, que resulto indiscutible. Entonces no me quedo más remedio que enjuiciarlo. Nariño se defendió alegando que había quemado los impresos, excepción hecha de uno que entregó a su amigo Cabal y otro que se conservó para sí”, (1) concluye tajantemente el investigador de Nariño el Oidor Joaquín Mosquera y Figueroa.

¿Qué había pasado entonces, para concatenar los acontecimientos de 1794 con los acontecimientos que acabamos de conocer del escrito del citado Oidor Mosquera Figueroa? Antonio Nariño, abusando del cargo de Tesorero General de Diezmos, confiado en poder disponer de los dineros tal cual lo habían hecho sus antesesores, como el bien lo dice y expresa con amplia claridad en su Defensa ante el Senado en 1823, al manifestar: “El dinero entraba en mi poder, no en depósito, sino bajo la fianza ilimitada que había dado (algo mas de cuarenta mil pesos), para poder negociar con los sobrantes, COMO LO HABIAN HECHO MIS ANTESESORES, CON MENOS FIANZA, Y COMO LO HACIA PUBLICAMENTE CON CONOCIMIENTO DE TODOS LOS INTERESADOS, SIN QUE A NADIE LE PUDIESE OCURRIR QUE YO -dice NARIÑO- PAGASE LAS OFICINAS, LOS LIBROS, LAS FALTAS DE MONEDA, LAS CAJA, Y QUE DIESE UNA FIANZA ILIMITADA, SOLO PARA PERCIBIR 850 PESOS QUE SE CONSUMIAN EN LOS GASTOS ENUNCIADOS. El manejo, pues, de los caudales sobrantes, no era un abuso, una falta de confianza, ni un procedimiento que desmintiese mi hombría de hombre de bien…” (2) Es decir, en otras palabras: según Nariño el haber dado la cuantiosa fianza lo autorizaba para proceder como a bien tenga o le parezca de los recursos que recibía como Tesorero General de los Diezmos. Razón, entonces, el porqué había presentado una exorbitante fianza de ciento veinte mil pesos con tres Fiadores cuando solo era costumbre pedir un solo Fiador con ocho mil pesos. Tenia previsto hacer cuantiosos negocios, como en efecto lo hizo, con los recaudos que recibiría y así trata ahora, al ser acusado de malversación de fondos, de justificar el desfalco que se le encontró cuando de noventa mil pesos que debería tener solo encontraron dos mil pesos. El faltante es de alrededor de ochenta y dos mil pesos, que el no lo niega y trata de justificar manifestando: “Los bienes embargados subían a ‪126.000‬ pesos, y el alcance formado sin intervención mía porque estaba en encierro, solo llegó a 81.264. Tanto el Venerable Cabildo como mis fiadores se disputaron la posesión de estos, y si mis fiadores vinieron al fin a lastar (¿acordar?), fue por culpa suya, pues que no solo se les propusieron por el Arzobispo y el Venerable Cabildo, moratoria para que fueran pagando con el producto de mis bienes embargados, sino que se conformaban con éstos, para cubrir la caja; y los fiadores resistieron lo uno y lo otro…” (3) Entonces, el no es el culpable del desfalco sino sus Fiadores que al fin y la cabo aceptaron las condiciones de pago propuestas por el Arzobispo. Interesante planteamiento para justificar el robo a las arcas de los Diezmos a su cargo.

De acuerdo con Ricardo Vejarano en su obra “NARIÑO: su vida, sus infortunios, su talla histórica” trae el siguiente registro de las personas que sirvieron ya sea de Fiadores o Abonadores: “Fiadores: Pedro Rodríguez; su Abonador, José Caicedo. Fiadores: Francisco González Manrique, Francisco Javier González; Abonador de estos, Andrés Otero. Fiadores: Antonio de las Cajigas, Juan Ramírez Pérez, Silvestre Trillo. Abonadores de éstos, que debían ser personas de bienes más reducidos, figuran como tales: Dionisio Antonio de la Torre, Felipe de La Mesa, José Sáenz de Santa María, José María Santacruz, José Tomas Ramírez, Primo Antonio Otero y Juan José Caballero. Tenemos, pues, tres grupos de Fiadores y Abonadores cada uno de los cuales se comprometió por cuarenta mil pesos, lo que da un total de ciento veinte mil pesos”. (4)

A continuación, trata de justificar el delito cometido por Nariño, cuando afirma: “La inusitada severidad y cuantía de esta fianza que para los antecesores de Nariño había sido tan solo de ocho mil pesos, muestra que los Canónigos no obstante el desconocimiento de sus atribuciones hecho por el Virrey, no habían calmado tampoco sus aprehensiones, por el brillante contenido de la sagrada caja. A su vez, Nariño entró a actuar con la conciencia tranquila bastante aligerada por la magnitud de la fianza que había otorgado, y en la certidumbre de que tenia una completa libertad de acción con los fondos disponibles y eternamente inempleados, puesto que estaban bajo entera y absoluta responsabilidad”.(5) El propio Nariño ya lo manifestó cuando en su defensa ante el Senado en 1823 es categórico en decir que el dispuso de los recursos a su libre albedrio o voluntad “COMO LO HABIAN HECHO MIS ANTESESORES, CON MENOS FIANZA, Y COMO LO HACIA PUBLICAMENTE CON CONOCIMIENTO DE TODOS LOS INTERESADOS, SIN QUE A NADIE LE PUDIESE OCURRIR QUE YO -DICE NARIÑO- PAGASE LAS OFICINAS, LOS LIBROS, LAS FALTAS DE MONEDA, LAS CAJA, Y QUE DIESE UNA FIANZA ILIMITADA, SOLO PARA PERCIBIR 850 PESOS QUE SE CONSUMIAN EN LOS GASTOS ENUNCIADOS”

La “Imprenta Patriótica”, cuyo nombre es en honor a la madre patria es decir a España por cuanto Colombia no existía para aquel entonces, es entre otros uno de los tantos gastos o compras que hace a su favor Nariño, con el producto de los recaudos como Tesorero General de los Diezmos. En esta Imprenta tendrá ocurrencia uno de los delitos por los cuales se le acusa en principio como es la impresión de los denominados “Derechos del Hombre”, situación que en resumidas cuentas presenta los siguientes hechos a analizar. Un indeterminado día de 1794 recibe Nariño la grata visita de su amigo don Cayetano Ramírez de Arellano, Capitán de la Guardia del Virrey que le trae a prestar tres tomos de una obra francesa denominada “Historia de la Asamblea Constituyente”, la cual se interesó en leer días después encontrando entre sus hojas el texto completo de “Los Derechos del Hombre”. Los estudió y consideró como el mismo lo dice en su declaración ante el juzgado que “hallándose escaso de dinero, siendo tiempo de hacer pagos de la Tesorería” (6), consideró oportuno traducir y luego imprimir y publicar un pequeño folleto con dicho escrito para venderlo. En efecto, con esa intención se dirigió con el papel en mano de la traducción a su imprenta que estaba bajo la dirección de don Diego Espinosa de los Monteros, éste recibió el escrito y comenzó el montaje para la impresión sin recordar con precisión la fecha, solo que era un sábado. Al día siguiente llegó Nariño y tomó dos ejemplares del folleto publicado “impreso en las tres letras bastardillas que hay en su imprenta, en papel de marquilla, y que contenía cuatro hojitas”, saliendo casi de manera inmediata a la calle donde se encontró con su amigo Miguel Cabal a quien vendió uno de los dos ejemplares que llevaba por un valor de ocho reales.

Con la aparición de los pasquines en Santafé el 19 y 20 de agosto que inquietaron al Virrey Ezpeleta, tanto así que se vio obligado a regresar de su descanso en Guaduas, Nariño es alertado por parte de don Ignacio Sánchez de Tejada, Oficial de la Secretaria de la Cámara, para que se evite problemas con las autoridades santafereñas procediendo a quemar o incinerar la publicación en referencia, hecho que acata Nariño y así lo manifiesta ante su juez investigador, cuando dice: “ que su intención fue la de haberlos vendido como que le hubieran venido de España, y que por eso usó el disfraz del papel de marca distinto del común…que los había quemado al instante, a excepción del que había prestado a Cabal, y otro con que se quedó el confesante y quemó como los antecedentes”. Es decir, se quemó o incineró toda la producción que según dice Nariño: “los había quemado en la huerta de su casa, que solo lo comunicó a don Diego de Espinosa, y que el motivo que tuvo para quemarlos fue que había conocido después del yerro que había cometido”. Preguntado que tiempo habrá que se imprimió el citado papel y si se han comunicado algunos ejemplares a algunos lugares de dentro o fuera del Reino, o si sabe que de ellos se haya sacado algunas copias manuscritas, y cual sea en el día su paradero, dijo que haría como ocho meses a un año que se imprimiría, que no se han comunicado ejemplares algunos fuera del Reino, y que no ha entendido se haya sacado copias manuscritas” (7)

El historiador Ricardo Vejarano, acucioso biógrafo de Nariño, gran defensor en general del citado personaje, reafirma cuanto se viene manifestado respecto a no considerar a Antonio Nariño como el Precursor de la Independencia por la traducción y publicación del folleto sobre los “Derechos del Hombre”, trayendo a referencia el registro de una fecha el 9 de agosto de 1894 como la de cuando fue hecho prisionero en su casa por el Oidor Joaquín Mosquera y Figueroa al encontrar el desfalco que se viene mencionando y que el propio Nariño reconoce de algo mas de ochenta y dos mil pesos correspondiente a la caja de Diezmos cuando Nariño se desempeñaba como Tesorero General de Diezmos.

Ricardo Vejarano plantea: “Esta fecha, 9 de agosto, es definitiva y ella no deja lugar a alguna duda sobre el origen del calvario del Precursor y sobre las consecuencias que este tuvo sobre su carrera y sobre el desenvolvimiento de la causa de la independencia de la Nueva Granada y en general de todo el continente sudamericano. Esta fecha, nueve de agosto, dada con absoluta precisión en un Oficio dirigido al Oidor Mosquera y Figueroa, por los Diputados, el Venerable Dean y Capitulo Eclesiástico que lleva fecha seis de septiembre, es decir, menos de treinta días después, infirma de manera incontrovertible el dato dado por Nariño en su celebre defensa ante el Senado de 1823 y en la cual afirma habérsele reducido a prisión el 29 de agosto del 94, fecha que han seguido teniendo como exacta todos los historiadores que de él se han ocupado. NO. NARIÑO FUE REDUCIDO A PRISION, O SI SE QUIERE A RECLUSION, EN SU PROPIA CASA, EL 9 DE AGOSTO DE 1794.

El asunto tiene una importancia fundamental para la historia de su vida y para la consiguiente historia de nuestra revolución. Esta fecha indica que, como lo afirmaron sus adversarios y contemporáneos, NUESTRO HEROE NO FUE APRISIONADO POR LA PUBLICACION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE, SINO POR EL ALCANCE A LA CAJA DE DIEZMOS”. (8)

El tristemente célebre episodio que estamos comentado con documentos en mano, en verdad dejan mal parado a Antonio Nariño ante su proceso de ser considerado como el “Precursor de la independencia” cuando si es cierto que tradujo y ordenó publicar los “Derechos del Hombre”, ésta limitada edición nunca circuló públicamente, fue totalmente quemada o incinerada por Nariño en el huerto de su casa según su propia confesión, razón por la cual sin que exista prueba del documento a investigar se procede a seguirle el juicio a Nariño por el desfalco que se encontró en la Caja de Diezmos de la cual él era el Tesorero General.

El Oidor Joaquín Mosquera y Figueroa es enfático en manifestar: “La sospecha (del acto subversivo), aunque grande, no terminó en prueba concluyente, con lo cual el solo epitafio (el de Benjamín Franklin) NO ERA SUFICIENTE PARA CONDENARLO, LO QUE SE DEMOSTRO FUE EL DESFALCO QUE RESULTÓ INDISCUTIBLE. ENTONCES NO ME QUEDO MAS REMEDIO QUE ENJUICIARLO. NARIÑO SE DEFENDIO ALEJANDO QUE HABIA QUEMADO LOS IMPRESOS…” (9) tratando de justificar el cuantioso desfalco aludiendo que lo habían hecho como era costumbre en sus antecesores, no en vano era comidilla diaria entre la gente de Santa Fe de Bogotá el derroche en grandes recepciones que se hacían en casa de Antonio Nariño y la ampliación de sus negocios particulares a Cúcuta, La Habana y Veracruz en México, de sus frecuentes viajes y fasto conque vive haciendo derroche de los recursos que manejaba a su antojo como Tesorero General de los Diezmos.

Finalmente es interesante cuanto plantea el historiador Ricardo Vejarano cuando manifiesta: “se necesita un estudio profundo y concienzudo que pueda hallarse en la copiosa documentación de los dos procesos políticos iniciados en aquellos días, ya que lo concerniente al proceso civil por alcance a la Caja de Diezmos ha desaparecido o se halla lamentablemente mutilado. Pero faltaríamos también a la sinceridad que nos hemos impuesto si calláramos el encadenamiento trágico que se descubre entre unos y otros.

Dijimos antes que la publicación de los Derechos del Hombre se había verificado en el comienzo del año 94 y que el asunto apenas si había trascendido al publico sin que su autor, Nariño, hubiera sido molestado por ello en nada. Pero he aquí que el 19 de agosto, diez días después de arrestado por su alcance (el de la malversación de fondos de la caja de Diezmos), aparecen en lugares públicos de la ciudad dos tremendos pasquines, uno irreverente contra la religión y su Ministros y otro de orden fiscal contra los impuestos, y que era claro llamamiento a la rebeldía”. (10)

Consideramos que la documentación que se ha traído es muy clara y concreta para manifestar categóricamente que a Antonio Nariño no se lo juzgó por haber traducido y publicado el folleto de cuatro hojas con la declaración de los “Derechos del Hombre” de la Constitución francesa, fue por el desfalco, sustracción de dinero o claramente por el robo, el faltante de dinero encontrado en el arqueo que realizara el oidor Joaquín Mosquera y Figueroa. Ante el su defensa en el Senado en 1823, el General Antonio Nariño solo se limita a defenderse de la acusación que se hizo “De malversación en la Tesorería de Diezmos”, sin que se mencione para nada la traducción y publicación de los Derechos del Hombre.



BIBLIOGRAFIA.

(1) VICTORIA, Pablo. El Terror Bolivariano. La Esfera de los libros. Madrid 2019. Pag. 121.

(2) HERNANDEZ DE ALBA, Guillermo. Defensa de Nariño ante el Senado 1823. Imprenta Nacional. Bogotá 1980. Pag. 61

(3) Ibid. Pag. 65

(4) VEJARANO, Jorge Ricardo. Nariño: su vida, sus infortunios, su talla histórica. Edición Caja de Crédito Agrario. Bogotá 1972. Pag 69

(5) Ibid. Pag 69

(6) HERNANDEZ DE ALBA, Guillermo. Proceso de Nariño. Imprenta Nacional. Bogotá 1980. Pag 88

(7) Ibid. Pag 110

(8) VEJARANO, Jorge Ricardo. Ob. Cit. Pag 78

(9) VICTORIA, Pablo. Ob. Cit. Pag 121

(10) VEJARANO, Jorge Ricardo. Ob. Cit. Pag 79

Enrique Herrera Enriquez
Escritor, historiador, columnista y periodista del departamento de Nariño.
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