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EL EXEQUATUR

*Por Carlos Eduardo Lagos Campos

Habíamos expresado en nuestra anterior columna que existían en Judea tres jurisdicciones bien diferenciadas; la primera era la de los Tetrarcas sucesores de Herodes el Grande, la segunda ante el Sanedrín que era la autoridad religiosa y civil de los hebreos y una tercera ante el gobernador romano, que se activaba cuando se ponía en riesgo la estabilidad del imperio o cuando la pena que imponían las autoridades locales era la de la muerte; entonces esta sentencia debía homologarse ante la autoridad romana procedimiento que se denominaba el Exequatur.
Como el Sanedrín condenó a Jesús por Blasfemia la pena según el levítico era la muerte por lapidación por lo que se requería su homologación ante Pilatos, la imputación se varió nuevamente por el Sanedrín ante los romanos como Sedición.
El acervo probatorio y el interrogatorio a Jesús no arrojó ninguna prueba en su contra, ni se logró su confesión en relación con este delito, ello porque jamás él incitó al pueblo a levantarse en contra del imperio romano.
Pilatos se deshace del juicio argumentando que Jesús inició su predicación en Galilea, la cual era jurisdicción del rey Herodes Antipas.
Ante los resultados adversos frente a la jurisdicción imperial romana los fariseos y saduceos trasladaron a Jesús al viejo palacio Macabeo de Herodes quien interrogó a Jesús sobre los milagros y lo conminó a que realizará por lo menos uno. En este caso la defensa de Jesús se centró en el derecho a guardar silencio, por lo tanto, Herodes pasó de preguntas insultantes a hechos de vejación perversa. Con sus soldados se burló de Cristo, y “le menospreció y escarneció” y tras burlarse de él, envolverlo en un manto púrpura real, lo envió de vuelta a Pilato.
Entonces Pilato se dirige a los miembros del Sanedrín proclamando su inocencia, pero ante su protesta acudió a una antigua tradición para amnistiar a un condenado durante la Pascua, figura que se conocía como la Provocatio Ad Populum introducida por una lex Valeria del año 509 A. C. y consistía en una consulta al pueblo que permitía que un condenado con pena capital se salvara por la revocación de la misma.
Mientras Jesús aún no había sido condenado ente la jurisdicción romana, Barrabás estaba condenado por Sedición, Hurto y Atraco, por lo que no existía simetría, la respuesta fue Crucifícale, entonces lo azotó y lavándose las manos lo Crucificó en una de las sentencias mas injustas de la historia de la humanidad.
Cualquier parecido con la actualidad es pura coincidencia.

*Abogado
Especializado en derecho Penal
Universidad Nacional de Colombia
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